Defensoría del Pueblo del
Partido Del Pilar
INICIO     |     INSTITUCIONAL     |     RECLAMOS     |     DEF. MOVIL  |     CONTACTO    |     PRENSA  |     VINCULOS 


       
Certificado de Discapacidad Nacional
(Ley Nº 22.431)



Si una persona desea tramitar el CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD debe seguir los siguientes pasos:

Si el interesado tiene domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá comunicarse a la siguiente línea de atención gratuita: 0800-999-2727.

Si el interesado reside en el interior del país, por favor haga Click AQUI

Si por el contrario el interesado tiene domicilio en la Provincia de Buenos Aires, deberá concurrir (puede venir otra persona en su lugar) al Servicio Nacional de Rehabilitación (Ramsay 2250) de 8.30 a 14 hs al Área de Turnos con su DNI original (excluyente) donde conste el domicilio actual; además, deberá presentarse con un certificado médico en donde conste el diagnóstico del paciente (no excluyente), con el objeto de ser asignado con el médico especialista, o bien conocer con precisión cuál es el diagnóstico a evaluar.

Es OBLIGATORIO para retirar el turno presentar DNI original, del solicitante sin excepción: NO se entregan turnos sin cumplir con este requisito. Además, es necesario conocer el diagnóstico específico del interesado.

Solo se extiende un (1) turno por persona, excepto Padres, Madres o familiares directos que puedan comprobar vínculo, y que necesiten más de un turno.

Si Ud. pertenece a un organismo oficial o no oficial, ONG, agrupación o asociación, y necesita retirar mas de un turno, deberá solicitar atención a través del personal destinado para tal fin

¿Qué es el Certificado de Discapacidad?
Es un documento público que acredita la discapacidad. Ley Nº 22.431, Capítulo 1. Art. 3° 
 
¿Cuál es el objetivo de esta Ley?
Promover la protección integral a las personas con discapacidad.

  • El Certificado de Discapacidad sirve para obtener acceso a la cobertura integral de las Prestaciones Básicas de Habilitación y Rehabilitación (Ley Nº 24.901) y a la cobertura integral de Medicación (Ley Nº 23.661, art. 28).


Además facilita la realización de gestiones, tales como:


  • El pase libre en Transporte Público de pasajeros.

  • La obtención del Símbolo internacional de acceso para el automóvil (logo).

  • La exención de la patente.

  • Gestión de libre tránsito y estacionamiento (Ley Nº 19.279, art. 12).

  • Acceso al Régimen de Asignaciones Familiares en ANSES (Ley Nº 22.431, art. 14 bis).

  • Obtención de franquicias para la compra de automotores (Ley Nº 19.279).

  • Administración de pequeños comercios (Ley Nº 22.431, art. 11).

  • Obtención de exenciones de algunos impuestos.

  • Solicitar empleo en la administración pública.

Beneficios del Certificado de Discapacidad (Ley Nº 22.431)
- Defensoría del Pueblo Del Pilar - Victor Vergani 579 - Pilar - CP 1629 Tel. 02322-669200 int. 9468/9469 -


Copyright 2008 - Defensoría del Pueblo Del Pilar - All Rights Reserved
DiseñoWeb HDD / OPTIMIZADO PARA EXPLORER by W7